| Control de
Riesgos |
Mediante la
información obtenida en la evaluación de riesgos, es el proceso
de toma de decisión para tratar y/o reducir los riesgos, para
implantar las medidas correctoras, exigir su cumplimiento y la
evaluación periódica de su eficacia. |
| Convenio
Colectivo |
Acuerdo sobre las
condiciones generales de trabajo entre trabajadores o sus
representantes y el empresario o sus representantes. |
| Daño
derivado
del Trabajo |
Conjunto de
enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión
del trabajo. |
| Delegado de
Personal |
Es el representante de los trabajadores en las empresas
o centros de trabajo de menos de 50 trabajadores. Sus competencias en materia de prevención son
las mismas que tiene el Comité de Empresa. |
| Delegado de
Prevención |
Representante de
los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención
de riesgos laborales, designado por y entre los
representantes del personal. |
|
Enfermedad Profesional |
La
contraída a
consecuencia del trabajo ejecutado por cuenta ajena en las
actividades que se especifican en el cuadro incluido en el RD
1995/1978, de 12 de mayo, y que esté provocada por la acción de
los elementos y sustancias que en dicho cuadro se indican para
cada enfermedad profesional. |
|
Equipo de alarma y evacuación |
Grupo
de
personas encargadas, en supuestos de emergencia, de activar la
alarma y de dirigir la evacuación, conforme a las actuaciones
explicitadas en el plan de emergencia. |
|
Equipo de Emergencia |
Grupo
de
personas especialmente entrenadas y organizadas para evitar que se
produzcan situaciones de emergencia y para activar y liderar, en
el caso de que se produzcan, el oportuno Plan de Emergencia. |
|
Equipos de Primeros Auxilios |
Grupo
de
personas encargadas de prestar, durante la emergencia, la
asistencia sanitaria de carácter primario a los lesionados antes
de que llegue, si fuere necesaria, la ayuda médica externa. |
|
Equipo de Trabajo |
Cualquier máquina,
aparato, instrumento o instalación utilizada en el trabajo. |
|
Ergonomía
(ver
más)
|
Aplicación
conjunta de algunas ciencias biológicas y ciencias de la ingeniería
para asegurar una correcta adaptación mutua entre el hombre y el
trabajo. |
|
Estimación de Riesgos |
El proceso mediante
el cual se determina la frecuencia o probabilidad y las
consecuencias que puedan derivarse de la materialización de un
peligro. |
|
Estrés
|
Fenómeno
sicosocial de ansiedad, apatía, depresión, fatiga,
irritabilidad, etc. motivado por factores estresores o situaciones
estresantes derivadas del trabajo. |
|
Evaluación de Riesgos |
Proceso mediante el
cual se obtiene la información necesaria para que la organización
esté en condiciones de tomar una decisión apropiada sobre la
adopción de acciones preventivas y sobre
el tipo de acciones que deben adoptarse. |
|
Extintor |
Aparato a presión
que contiene un agente (agua, polvo, espuma física, anhídrido
carbónico o halón) que puede ser proyectado y dirigido sobre un
fuego por acción de una presión interna o externa, con el fin de
proceder a su extinción. |
| Gestión del
Riesgo |
Aplicación sistemática de políticas, procedimientos y prácticas
de gestión para analizar, valorar y evaluar los riesgos. |
| Guantes de
Seguridad |
Equipo de protección individual (ver más)l con el que se pretende preservar
la integridad de las manos del trabajador, existiendo diferentes
prestaciones y diseños en función de las necesidades del trabajo. |
|
Higiene industrial
|
Ciencia y arte
dedicados al reconocimiento, evaluación y control de los
factores ambientales o tensiones emanados o provocadas por el
lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la
salud y el bienestar o crear algún malestar entre
los trabajadores o ciudadanos de la comunidad. |
|
Identificación de riesgos
|
El proceso mediante el cual se reconoce que existe un riesgo y se
definen explícitamente sus causas y características. |
|
INSHT
|
El Instituto Nacional
de Seguridad e Higiene en el Trabajo es un órgano científico, técnico y especializado de la Administración
General del Estado, que tiene como misión el análisis y estudio
de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, y la promoción y apoyo a la mejora de las mismas. |
|
Inspección de Trabajo y la Seguridad Social
|
Es aquel servicio público al que corresponde ejercer la
vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social, entre
las que se sitúan las normas en materia de prevención, y exigir
las responsabilidades pertinentes. |
|
Jornada laboral
|
Tiempo de trabajo efectivo que el trabajador ha de dedicar a la
realización de la actividad para la que ha sido contratado (la
duración máxima establecida legalmente es de 40 horas semanales
de promedio en cómputo anual). |
|
Ley de Prevención de Riesgos Laborales
|
Norma básica que pretende ser el pilar fundamental y el marco
general de las acciones preventivas en materia de Seguridad y
Salud de los trabajadores (Ley 31/1995, de 8 de noviembre -BOE
10.11.95-). |
|
Manipulación manual de cargas
|
Manejo de cargas exclusivamente por medio de la fuerza física de
una o varias personas. |
|
Manual de auto protección
|
Documento marco en el que se establecen las bases técnicas para
la elaboración y puesta en práctica de distintas medidas de
protección ante emergencias (evaluación del riesgo, inventario
de los medios humanos y materiales precisos, plan de emergencia y
programación de su implantación y revisión). |
|
Mutuas de Accidentes de Trabajo y EEPP
|
Asociaciones debidamente autorizadas por el Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales que con tal denominación se constituyan, sin
ánimo de lucro, por empresarios que asuman, al efecto, una
responsabilidad mancomunada y con el principal objeto de colaborar
en la gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de la
realización de otras prestaciones, servicios y actividades que
les sean legalmente atribuidas. |
|
OIT (Organización Internacional del Trabajo)
|
Agencia de las Naciones Unidas que reúne, para un objetivo común,
a Gobiernos, Empresarios y Trabajadores de todos los países
miembros. Su principal objetivo se basa en la comprobación de que
los derechos de los trabajadores de todo el mundo se respeten, el aumento del nivel de vida, la justa
distribución de los beneficios del progreso, la protección de la
vida y salud de los trabajadores. |
|
Parte de Accidente de Trabajo
|
Documento oficial por el cual el empresario comunica, a la Entidad
Gestora o Mutua con la que tenga concertadas las contingencias de
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la ocurrencia
de un accidente de trabajo, la forma en que se produjo, el lugar y
las consecuencias del mismo. Deberá cursarse, en el plazo de
cinco días hábiles contados a partir de la fecha del accidente o
de la baja médica, para aquellos accidentes de trabajo o recaídas
que conllevan la ausencia del lugar de trabajo de al menos un día
(sin contar el día del accidente), previa baja médica. |
|
Peligro
|
Fuente o situación con capacidad de daño en términos de
lesiones, daños a la propiedad, daños al medio ambiente o una
combinación de ambos. |
|
Plan de Emergencia
|
Conjunto de medidas a adoptar por el empresario para hacer frente
a situaciones de emergencia, en materia de primeros auxilios,
lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. |
|
Planificación
|
Actividades que establecen los objetivos y especificaciones
necesarias para desarrollar la acción preventiva y para la
aplicación de los elementos del sistema de gestión de la
prevención de riesgos laborales. |
|
Política de Prevención
|
Directrices y objetivos generales de una organización relativos a
la prevención de riesgos laborales tal y como se expresan
formalmente por la dirección. |
|
Prevención de Riesgos Laborales
|
Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas
las fases de actividad de la organización con el fin de evitar o
disminuir los riesgos derivados del trabajo. |
|
Primeros Auxilios
|
Conjunto de procedimientos o técnicas que facultan al equipo
designado a estos efectos para asumir, en situaciones de
emergencia, la primera atención de los accidentados hasta la
llegada de la asistencia médica profesional. |
|
Protección
|
Técnica de actuación sobre las consecuencias perjudiciales que
un peligro puede producir sobre un individuo , colectividad, o su
entorno, provocando daños. |
|
Protección Individual
|
Conjunto de sistemas o medidas que, para aquellos riesgos que no
han podido ser eliminados por los mecanismos de protección
colectiva, se ponen a disposición de determinados trabajadores
por precisarlos para un desarrollo de sus funciones seguro y
saludable (guantes, oculares, calzado de seguridad, cascos...). |
|
Protección Colectiva
|
Aquella técnica o dispositivo de seguridad cuyo objetivo es la
protección simultánea de varios trabajadores expuestos a un
determinado riesgo. |
|
Registros de la Prevención
|
Documentos que proporcionan información cuya veracidad puede
demostrarse, basada en hechos obtenidos mediante observación,
medición, ensayo u otros medios de las actividades realizadas de
los resultados obtenidos en materia de prevención de riesgos
laborales. |
|
Riesgo
|
Combinación de la frecuencia o probabilidad que puedan derivarse
de la materialización de un peligro. |
|
Riesgo Laboral
|
La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño
derivado del trabajo. Para calificar el riesgo desde el punto de
vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad
de que se produzca el daño y la severidad del mismo. |
|
Salud Laboral
|
En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, se entiende
por salud laboral el concepto básico que surge en el conflicto
que se produce entre condiciones de trabajo y salud del
trabajador, con el objetivo de alcanzar el máximo bienestar físico,
psíquico y social de este último. |
|
Seguridad en el Trabajo
|
Conjunto de disciplinas científicas y técnicas que identifican,
evalúan y controlan los factores de riesgo relacionados con la
estructura del centro de trabajo, sus instalaciones, las máquinas,
los equipos de trabajo, los procesos y los productos, señalando
las medidas colectivas o individuales para su prevención. |
|
Señal de Advertencia
|
Símbolo gráfico que avisa de la existencia de un peligro. Tiene
forma triangular, con el pictograma negro sobre fondo amarillo y
bordes negros. |
|
Señal de Obligación
|
Símbolo gráfico que impone la observancia de un comportamiento
determinado. Tiene forma redonda, con el pictograma blanco sobre
fondo azul. |
|
Señal de Prohibición
|
Símbolo gráfico que no permite un comportamiento susceptible de
provocar un peligro. Tiene forma redonda, con el pictograma negro
sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de
izquierda a derecha) rojos. |
|
Señalización de Seguridad
|
Una señalización que, referida a un objeto, actividad o situación
determinadas, proporciona una indicación o una obligación
relativa a la seguridad o salud en el trabajo mediante una señal
en forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una
comunicación verbal o una señal gestual. lo más adecuado en
casa caso. |
|
Servicio de Prevención
|
Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para realizar
las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada
protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores,
asesorando y asistiendo para ello al empresario, a los
trabajadores y a sus representantes y a los órganos de
representación. |
|
Técnico de Prevención
|
Personal que, tras cursar con satisfacción los programas
establecidos en el Reglamento de Servicios de Prevención, se le
reconoce la facultad de ejercer funciones preventivas. Existen
tres niveles: básico, intermedio y superior. |
|
Valoración del Riesgo
|
Con la información obtenida en el análisis de
riesgos, es
el proceso en el que se emiten juicios sobre la tolerabilidad de
riesgos teniendo en cuenta factores socioeconómicos y aspectos
medioambientales. |
|
Vigilancia de la Salud
|
Obligación consistente en la actividad sanitaria a desarrollar
por la empresa, a nivel individual y/o del conjunto de los
trabajadores, de la que se derivan la determinación de las
condiciones de aptitud o no aptitud para el desempeño del puesto
de trabajo y, en su caso, las recomendaciones pertinentes. |
|
Acceso a Venta de Libros
y Manuales de Prevención de Riesgos Laborales
|